Las modalidades en las que no existe titulación de Técnico Deportivo se regulan por lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, es decir, son modalidades en las que los cursos de entrenadores deben ajustarse a lo establecido para el Periodo Transitorio.
Así, están en Periodo Transitorio TODAS las modalidades deportivas EXCEPTO Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Montaña y Escalada, Deportes de Invierno, Fútbol y Fútbol Sala.
En las modalidades de Actividades Subacuáticas, Hípica y Vela para las que se ha publicado el decreto que las regula como Enseñanzas Deportivas (BOE 31 de agosto de 2010) solo se podrán realizar cursos en Periodo Transitorio de nivel II y III para el 2011 y 2012, para que los alumnos que ya iniciaron o completaron el nivel I puedan completar el ciclo.
Las federaciones deportivas de Judo y Deportes Asociados, van a poder realizar cursos autorizados de Periodo Transitorio hasta el año 2013. A partir de entonces, la competencia será exclusiva de la Conselleria d'Educació o la que ostente las competencias en el ámbito educativo.
Formaciones de entrenadores deportivos que se imparten en la Comunidad Valenciana
Las modalidades deportivas de Periodo Transitorio que se imparten periódicamente en la Comunitat Valenciana son:
Última revisión: 11.07.2011